Corredores de seguros, un asesor independiente para contratar un seguro
31/01/2025
A la hora de contratar un seguro, podemos acudir a distintas personas o entidades. Uno de ellos son los corredores de seguros, personas físicas o jurídicas que distribuyen seguros y asesoran de manera independiente a quien busca una cobertura para un riesgo.
Características de los corredores de seguros
- Son profesionales independientes de las entidades aseguradoras.
- Dan asesoramiento basado en un análisis objetivo y personalizado, de los seguros que están disponibles en el mercado y que se ajustan a las necesidades demandadas por el cliente.
- Deben informar al cliente sobre las condiciones del contrato que, en su opinión, conviene contratar y que mejor se adapte a sus necesidades.
- Facilita al tomador, al asegurado y al beneficiario toda la información que requieran sobre el contrato suscrito durante toda su vigencia.
- Presta asistencia y asesoramiento en caso de siniestro.
Para cambiar la posición mediadora del corredor en el contrato, se necesita siempre el consentimiento del tomador del seguro.
El pago del seguro (la prima del contrato) no le corresponde al corredor sino a la entidad aseguradora con la que se firma la póliza de seguro.
No obstante, este pago se puede hacer a la entidad aseguradora de forma directa a través de la domiciliación bancaria o se le puede realizar al corredor para que este, a su vez, le pague a la entidad aseguradora. En este caso, el corredor es el depositario del dinero con el que se paga el contrato del seguro y también el del dinero que las aseguradoras le entregan como indemnización en caso de siniestro o reembolso de las primas de sus clientes, y debe tener una cuenta bancaria destinada 5únicamente a la gestión de este dinero.
Es importante saber que el pago del importe de la prima efectuado por el tomador del seguro al corredor no se entenderá realizado a la entidad aseguradora, salvo que, a cambio, el corredor entregue al tomador del seguro el recibo de prima de la entidad aseguradora.
La remuneración que perciba el corredor de seguros de la entidad aseguradora por su actividad de distribución de seguros revestirá la forma de comisiones. Además, el corredor y el cliente podrán acordar por escrito que la remuneración del corredor incluya honorarios profesionales que se facturen directamente al cliente expidiendo, en este caso, una factura independiente por dichos honorarios, de forma separada al recibo de prima emitido por la entidad aseguradora.
Para ejercer legalmente su actividad y antes de que esta comience, los corredores de seguros deben estar inscritos en el Registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones o en el órgano competente de la Comunidad Autónoma.
Tienes más información sobre los corredores de seguros en la web de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
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