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Quiero retirar de mi cuenta un importe pequeño de dinero, ¿Tengo que acudir necesariamente al cajero?

29/08/2019

Quiero retirar de mi cuenta un importe pequeño de dinero, ¿Tengo que acudir necesariamente al cajero?

En primer lugar, te indicamos que ante una petición de fondos depositados en una entidad de crédito, la entidad deberá atender dicha petición con cargo a los fondos que tengas disponibles, de manera inmediata y mediante el uso de alguno de los medios contemplados en tu contrato.

La manera en que las entidades prestan el servicio de caja, en el que están incluidos los reintegros e ingresos en efectivo, forma parte de la normativa interna de la entidad, siendo los usuarios de las entidades de crédito los que a la vista de la operativa ofrecida, deberán decidir si mantener o establecer relaciones con dichas entidades.

Ahora bien, si el modo de prestar el servicio de caja básico a través de los cajeros u otros mecanismos automáticos alternativos se pretendiera que fuera con carácter excluyente, la entidad deberá:

  • Acreditar la inclusión de tal limitación en el contrato de cuenta.

  • En caso de tratarse de una situación sobrevenida, comunicar con carácter previo y de manera individual la fecha de entrada en vigor de dichas restricciones (dos meses de antelación).

Puedes obtener más información sobre retirada e ingresos en efectivo, accediendo al Portal del Cliente Bancario

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