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¿Existe un límite a la cantidad de monedas que se pueden entregar para un ingreso o un pago?

07/06/2019

¿Existe un límite a la cantidad de monedas que se pueden entregar para un ingreso o un pago?

 

Debes saber que no existe obligación alguna de aceptar más de 50 monedas en un pago salvo que se trate de una “caja pública”, es decir, que la entidad preste el servicio para un organismo público.

Por ello, tu banco puede decidir si acepta o no ingresos y pagos que supongan el recuento de más de esa cantidad de monedas. Las entidades podrán aceptan el ingreso de una cantidad superior “salvo posterior recuento”; esto significa que, en caso de existir discrepancias entre el importe declarado y el resultante del recuento, prevalecerá este último, salvo que las partes hayan establecido otra cosa.

En estos casos, la entidad debe facilitarte un resguardo en el que figure la cantidad entregada y donde se indique que el abono a realizar está condicionado a un recuento posterior.

Además, si tu entidad trabaja con empresas externas para brindar estos servicios y tiene lugar alguna incidencia, no podrá desentenderse sin más de la actuación y deberá responder ante su cliente de conformidad con lo acordado.

Por último, ten presente que las entidades pueden pactar el cobro de la llamada comisión de recuento por la admisión y manipulación frecuente de un número elevado de monedas. La entidad deberá informarte debidamente de la existencia de dicha comisión, así como de la forma de calcular su importe.

Si quieres saber más sobre efectivo, pincha aquí.

 

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