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Elegir un intermediario autorizado

20/04/2010

Elegir un intermediario autorizado

Antes de decidirse por una inversión en concreto usted necesitará elegir un intermediario a través del cual podrá operar:

  • Una agencia o sociedad de valores
  • Una entidad de crédito (banco o caja).

Es fundamental verificar en el registro público de la CNMV que se trata de un intermediario autorizado para realizar los servicios que ofrece. Nunca confíe su dinero a un intermediario no autorizado, por muy profesional que parezca o por muy tentadora que sea su oferta.

¡Recuerde!

Sólo las entidades autorizadas e inscritas en los organismos oficiales pueden prestar servicios de inversión. Compruebe los registros públicos de la CNMV para evitar ser víctima de intermediarios fraudulentos (“chiringuitos financieros”).

Los intermediarios autorizados sólo podrán recomendarle productos de inversión de acorde con su perfil de inversor. Lo habitual es que le hagan preguntas para determinar sus objetivos, horizonte temporal, tolerancia al riesgo, etc., pero si usted ha completado el Paso 1, lo tendrá más claro y le será más fácil comunicar con claridad su situación particular. Usted también deber hacer preguntas, incluyendo las siguientes:

¿Qué papel hará el intermediario?

Muchos inversores se enfadan con sus entidades financieras después de bajadas importantes en los mercados, y se escuchan comentarios como “Se suponía que ellos se iban a ocupar de mis inversiones, pero cuando bajó la bolsa no me dijeron nada y he perdido mucho dinero.” En el momento de entablar la relación, conviene determinar el papel y las expectativas de cada uno. ¿Se limitará el intermediario a ejecutar las órdenes que usted le transmite? ¿Ofrecerá un servicio añadido de asesoramiento? Recuerde que en todo caso usted es el responsable último. Su entidad no puede contratar ningún producto que usted no haya solicitado.

¿Qué gastos y comisiones tendré que pagar?

No todas las entidades cobran lo mismo por la prestación del mismo servicio. Recuerde que las comisiones reducen la rentabilidad de su inversión, a veces de forma muy significativa.

Necesita conocer los gastos en los que puede incurrir en función del tipo de operativa que planee llevar a cabo, distinguiendo entre los costes y comisiones por cada operación realizada (órdenes de compra-venta de valores, traspasos, ingreso de cheques, etc.) y los gastos y comisiones de administración y depósito o custodia. Para el inversor a largo plazo, que no tiene previsto mover mucho el dinero, las comisiones por operaciones tendrán menos importancia. Le afectará más que las comisiones y costes de administración y custodia sean bajos.

Distinga entre los gastos y comisiones de administración y custodia (fijos) y aquellos costes variables, por cada operación realizada.

Un inversor a medio o corto plazo que realiza más operaciones de compra y venta necesita una entidad que cobra menos comisiones de intermediación para no ver muy disminuida su rentabilidad.

Las entidades autorizadas están obligadas a publicar un folleto de tarifas máximas, pero siempre que sea posible, no se conforme con esta información únicamente. Pida que le entreguen por escrito los gastos y comisiones que se van a aplicar de forma efectiva en su caso particular, sobre todo si le ofrecen condiciones más ventajosas que las descritas en el folleto

¿Qué información recibiré sobre el estado de mis inversiones?

 

Pregunte también con qué frecuencia recibirá información sobre el estado de los valores o productos que posee: su rentabilidad, los gastos, etc. Infórmese de las posibilidades de consultar la información por Internet. Pida que le enseñen un ejemplo de la información periódica que envían y que se la expliquen con claridad. Es muy importante que la entienda para poder hacer el seguimiento de sus inversiones.

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